miércoles, 18 de marzo de 2015

 EL PROYECTO DEMOCRATICO Y LA REALIDAD SOCIOPOLITICO 

 

                                 LA COMUNICACION Y LA EQUIDAD

 

 

                                 DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

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DERECHO A LA INFORMACION

                  vision historica constitucional de venezuela

ESTADO DEMOCRATICO-SOCIAL Y DERECHO Y JUSTICIA

DEMOCRACIA PARCIPATIVA



Democracia participativa es una expresión amplia que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa. La Democracia participativa permite una participación ciudadana mayor que en democracia representativa pero menor que en la llamada democracia directa.
 

 DERECHO A LA INFORMACION

Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.

LA COMUNIDAD Y LA EQUIDAD

una comunidad puede tener diferentes formas, tamaños, aspectos o ubicaciones, no hay dos iguales. Y aún más importante, una comunidad no es sólo la gente que la compone.

Generalmente, una comunidad ya existía antes de que naciera ninguno de sus residentes actuales, y lo normal es que siga existiendo cuando hayan desaparecido. Es algo que va más allá de sus componentes, los residentes o miembros de esa comunidad.
En una comunidad puede haber miembros que se hayan trasladado temporalmente a otros lugares. Quizá en algún momento quieran regresar, pero no todos lo hacen. Hay «comunidades» que, en algunos sentidos, ni siquiera tienen una ubicación física, sino que están demarcadas por ser un grupo de personas con intereses comunes.
No obstante, en el material de adiestramiento que presentamos, la «comunidad» objeto de atención de un activista es habitualmente un grupo en una situación geográfica concreta.




EL PROYECTO DEMOCRATICO Y LA REALIDAD SOCIOPOLITICA.
 


En nuestro país está en desarrollo una redefinición del Proyecto Nacional, las líneas maestras de este proyecto están formuladas en la Constitución de laRepública Bolivariana de Venezuela, allí están plasmadas las orientaciones filosóficas, la misión y los objetivos del nuevo proyecto. Éste fue aprobado por el pueblo mediante referéndum consultivo, siendo laprimera vez que el pueblo es consultado respecto a la decisión de los lineamientos máximos que debe seguir el país, la primera vez que participamos de manera masiva y protagónica en la toma dedecisiones que afectan al colectivo nacional. En tal sentido, en la Constitución está planteado el proyecto de todos los venezolanos. De ella arranca un proceso de transformación social y reformulacióninstitucional; comienza la instrumentación de ese proyecto con la intención soberana de refundar la República.



 




 

DOS MODELOS DE DEMOCRACIA FORMAL Y PROFUNDA

DOS MODELOS DE DEMOCRACIA FORMAL Y PROFUNDA

DEMOCRACIA FORMAL

Se denomina democracia formal aquél sistema político donde las normas constitucionales han previsto una separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, reservando a la soberanía popular la elección del primero mediante sufragio libre, igual, universal, directo y secreto.




DEMOCRACIA PROFUNDA
Será aquella que no solo haga y mantenga los hombres y mujeres libres, si no (y también), iguales. Es más,  creo que únicamente en la profundidad de la democracia se pueden hallar formulas de equidad razonables,  de  igualdad, eso sí, ni uniforme ni forzada.


VISION HISTORICA CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA

VISION HISTORICA CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA

La historia constitucional venezolana, que se inicia coetáneamente al constitucionalismo español (e incluso antes, toda vez que su primera Constitución data de 21 de diciembre de 1811) es extraordinariamente agitada ya que es posible constatar un total de 25 textos constitucionales (1811, 1819, 1821, 1830, 1857, 1858, 1864, 1874, 1881, 1891, 1893, 1901, 1904, 1909, 1914, 1922, 1925, 1928, 1929, 1931, 1936, 1945, 1947, 1953, 1961 y 1999). Evidentemente un buen número de tales textos no constituyen otra cosa que una mera cobertura jurídica con apariencia de constitución para justificar el poder de caudillos o dictadores militares; de otra parte, también hay que advertir, para matizar esta afirmación inicial , que en la tradición constitucional venezolana no ha existido hasta épocas recientes el mecanismo de la reforma parcial, por lo que con frecuencia se reviste como nueva constitución lo que materialmente no ha sido más que una puntual modificación de algunos preceptos constitucionales

ESTADO DEMOCRATICO-SOCIAL DE DERECHO Y JUSTICIA

ESTADO DEMOCRATICO-SOCIAL DE DERECHO Y JUSTICIA.

En lo que respecta al país, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999, en el artículo 2, consagra que: "Venezuela se constituye en un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político". Una definición vasta y ambiciosa, que compromete a todos los ciudadanos desde los distintos ámbitos de acción que cohabitan en el país.
            Ahora bien, la Venezuela considerada como Estado Democrático y Social compromete su existencia  con el privilegio que se le asigna a los derechos humanos como derechos fundamentales caracterizados por la universalidad de sus titulares. Su finalidad radica en crear, conservar y comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las demandas y necesidades de sus habitantes y lograr el tan anhelado bienestar general. Para garantizar este gran fin, el Estado Democrático, sustentado en la organización política de la Nación, debe estar basado en los principios fundamentales, que se inician con el ejercicio de la Soberanía mediante el mecanismo de la democracia directa y participativa, que garantice la verdadera participación de los ciudadanos en la elección de las autoridades de los entes gubernamentales que van a resguardar tales derechos.